miércoles, 25 de agosto de 2010

Reducirán el por ciento que se puede cobrar por cuotas pagadas tardíamente

25 Agosto 2010
6:48 p.m.

Aprueban enmendar Ley de Condominios
Reducirán el por ciento que se puede cobrar por cuotas pagadas tardíamente

Por ELNUEVODIA.COM

El Senado de Puerto Rico aprobó hoy enmendar la Ley de Condominios con el objetivo de reducir el por ciento que el Consejo de Titulares puede cobrar por concepto de cuota y mantenimiento pagada tardíamente.

Asimismo, se estableció que se debe aumentar el término que se le concede a los condóminos para realizar el pago sin penalidad.

El Proyecto del Senado 1626 fue presentado por la senadora Itzamar Peña Ramírez. Actualmente la Ley establece que se cobrará una penalidad de 10 por ciento si han transcurrido 15 días después de la fecha fijada para el pago de la mensualidad. En caso de deudas con el Gobierno, el término es de 120 días y en exceso de ese término la penalidad es de un 12 por ciento de la totalidad de la deuda.

La senadora Peña Ramírez destacó que, debido a la crisis económica que afecta a Puerto Rico, “hay personas que se han visto impedidas de pagar la mensualidad y la cuota de mantenimiento, que ciertamente son reclamos que hay que atender porque son familias puertorriqueñas que tienen una necesidad. Este Senado tiene la responsabilidad de hacer justicia y atender responsablemente sus reclamos y necesidades”.

Se desprende de la pieza legislativa que “si bien es cierto que el pago de mantenimiento es sumamente importante para el buen funcionamiento de los condominios, no es menos cierto que debemos aminorar la carga económica de los ciudadanos”.

Lea el Proyecto del Senado 1626

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