Por: Lcdo. Israel O. Alicea Luciano, info@leydecondominios.com

Luego de la firma de la nueva Orden Ejecutiva emitida por la Gobernadora de Puerto Rico, Orden Ejecutiva 2020-41, el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) emitió una nueva Orden 2020-012. Bajo esta Orden se establece un mecanismo para que las Juntas de Directores puedan solicitar al DACO que permita el uso de áreas recreativas y la celebración de asambleas extraordinarias.

A continuación, ofrecemos nuestros comentarios y recomendaciones con respecto a la nueva Orden.

Comentarios sobre la Orden 2020-12:

  • Toda vez que la Orden Ejecutiva prohíbe la apertura de gimnasios o cualquier lugar análogo que propicie la reunión de un grupo de ciudadanos en un mismo lugar, la Orden emitida por el DACO establece un mecanismo no contemplado en la Orden Ejecutiva para implementar mecanismos alternos. Entendemos que la Orden Ejecutiva debe proveer para este tipo de mecanismo que se pretende implementar por el DACO para evitar controversias.
  • Con la Orden 2020-12 se le pasa a una Junta de Directores la carga de determinar las medidas de seguridad y salubridad a implementar sin proveerse una guía de cómo hacerlo y sin la autorización del Consejo. Entendemos que la Orden y/o la Orden Ejecutiva deberían contener unas reglas definidas de la misma forma en que se han establecido para comercios y oficinas médicas, entre otros. De esta forma, solo se tendría que solicitar la intervención o aprobación del DACO cuando lo propuesto se aparte de esas reglas establecidas. Sin unas guías el proceso de aprobación del DACO va a ser complejo y podría resultar en ocasiones inconsistente. También resulta preocupante el peso de la responsabilidad que se le está pasando a la Junta de Directores en caso de que se den contagios en estas áreas bajo las medidas que estos determinaron como apropiadas.
  • La Orden no indica desde cuándo va a ser efectiva o desde cuándo entrará en vigor.
  • La Orden tampoco indica de cuáles áreas recreativas se está hablando, si se incluyen gimnasios y piscinas o si se refiere a otros tipos de áreas como canchas o áreas de juegos para niños.
  • Como DACO no tiene jurisdicción sobre condominios comerciales o sobre asociaciones de residentes de urbanizaciones, la Orden Ejecutiva debería proveer además guías o normas extensivas a estos.
  • La Orden permite la celebración de Asambleas Extraordinarias pero no las Ordinarias. Hay que tener en cuenta que con la enmienda traída por la Ley 111-2018, los términos de directores son por 1 año, hay muchas Juntas cuyos vencimientos ya pasaron y están fuera de Ley. Por lo tanto, podría cambiarse a que los asuntos a discutirse sean aquellos establecidos en la convocatoria (incluyendo aprobación de presupuesto, selección de Juntas y aprobación del estado de ingresos y gastos) pero que no se podrán tratar asuntos nuevos.
  • Conforme al Artículo 44 de la Ley, la oferta de la aseguradora y plan de distribución por catástrofe deben ir en una asamblea exclusiva para ese tema. Debe considerarse abrir la puerta para que se puedan discutir otros asuntos sin tener que hacer más de una asamblea bajo este mecanismo.

Ver Orden del DACO 2020-012.

Ver 5 Puntos para Condominios bajo la nueva Orden Ejecutiva 2020-041.