"Esta ley deroga la pasada Ley de Condominios o Ley 104 de 1958, según enmendada.
La nueva ley hace mas ágil, eficiente y práctico el actual marco jurídico de gobernanza y administración de los inmuebles sometidos a un régimen de propiedad horizontal y los atempera a las distintas realidades y cambios sociológicos, económicos y hasta tecnológicos que las comunidades de titulares han experimentado por el transcurso del tiempo y por las distintas circunstancias que han sido resultado de desastres naturales e, inclusive, la emergencia que actualmente enfrentamos por la pandemia del COVID-19.
La nueva ley brinda también un nuevo marco jurídico para regular la convivencia y la administración de la comunidad de titulares en los condominios bajo un régimen de propiedad horizontal."
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