lunes, 6 de febrero de 2012

Ramón de Santiago, Querella Núm. SJ0006601, DACO

Se incluye Resolución del 2 de noviembre de 2011 en relación con la Querella Núm. SJ0006601 presentada por Ramón de Santiago para impugnar el procedimiento adoptado a los fines de recibir las propuestas de póliza de seguro del condominio para el año 2011-12 y la votación del Consejo de Titulares en la asamblea extraordinaria de 3 de julio de 2011 a favor de la propuesta presentada por Vidal & Rodríguez.

Concluyó que: "la Junta de Directores dio cumplimiento a los requisitos de ley para la selección de la póliza de seguro del Condominio."

La Carta Normativa de la Oficina del Comisionado de seguros Núm. NAP-875-2006 de 21 de agosto de 2006 dispone que de no existir una valorización adecuada que provea el valor de reemplazo del condominio, el productor de seguros nombrado gestionará, a nombre del asegurador que emitirá la póliza maestra, la valorización del condominio para descargar adecuadamente los deberes que impone el Art. 9.022 del Código de Seguros de Puerto Rico.

De conformidad con lo anterior, Vidal & Rodríguez, preparó el informe de valorización del Condominio Dos Marinas I.

Dispone la Carta Normativa que el Consejo de titulares será el custodio de este informe y estará disponible a todo titular o a cualquier persona interesada en adquirir un apartamento en el inmueble.

Al respecto, establece la Resolución: "La Carta Normativa le da acceso a los titulares no al representante autorizado que como competidor solicitaba cotizar una póliza para el Condominio, el aprovechar la posición de titular para tener acceso a la valorización, nos parece ser una ventaja irrazonable por parte del Sr. Tomás Daviú."

Se ordena permitir al querellante examinar la "valorización" del Condominio Dos Marinas I y se desestimó la querella en lo que respecta al resto de las alegaciones.

Resolución de 2-11-2011 DACO, Q-SJ0006601

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Lcdo porque usted siempre trata de distorsionar la verdad de las querellas en Daco dando la impresion que siempre han ganado? Eso no se hace aprendan a decir la verdad aprendan a perder con dignidad usted y los de la junta.
La Verdad se aproxima cada dia se ira descubriendo quien miente el que lee sus articulos y desconoce piensa waoo esa junta es Super transparente y TODOS han hecho TANTO por el Condominio sin darse cuenta que han estado utilizando el Internet para confundir los residentes y amedrentar a otros eso no se hace lea bien e interprete la carta Normativa HAN CUMPLIDO CON LO QUE DICE NOOOO

Anónimo dijo...

Leei la Resolucion de este caso pero creo que falto algo que usted se le OLVIDO poner en su articulo Lcdo. que de ustedes no cumplir con lo ORDENADO por DACO le impondrian una MULTA DE $1,500 dolares a El presidente y la Junta en su calidad personal. Es cierto?

Creo que hay que decir siempre la VERDAD completa Correcto Lcdo.?

Cond Dos Marinas I dijo...

No recuerdo que se haya impuesto en algún momento una MULTA al Presidente o a la Junta de Directores del Condominio Dos Marinas I por incumplimiento con la resoluciones de DACO; que a su vez, han sostenido al Presidente y la Junta de Directores en sus decisiones y actuaciones.

Anónimo dijo...

Lcdo. Vuelva a leer la ORDEN del caso SJ006601 creo que si no me equivoco y segun revise en el Tablon que habia que permitir examinar la Valorizacion y esto se basa en Documentos que se supone esten desde que el Sr. Eduardo Sierra entrego la Poliza al Condomnio. Pero ese informe de la Valorizacion esta en la Oficina o solamente hay un Resumen. Cumplieron o no cumplieron?